1 jun 2011

La Dirección General de Tributos aclara la cuestión del pago de la cuota de la Camara de Comercio


El posicionamiento de la DG de Tributos es clara, no es exigible la cuota correspondiente a 2010 y que las Cámaras de Comercio están enviando al cobro. Siempre teniendo en cuenta que esta medida afecta exclusivamente a las empresas cuya cifra de negocio fuera inferior a los 10 millones de euros, que son las que están exentas del pago desde la aprobación de la norma.

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